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Sernac ofició a empresas solicitando demostrar qué tan real es su “publicidad verde”

El Sernac realizó un estudio de la denominada “publicidad verde”; es decir, aquella que promociona productos o servicios que supuestamente poseen atributos ecológicos, amigables con el medio ambiente.

 

De un universo de 1.114 piezas publicitarias aparecidas en los diversos medios de comunicación, el estudio del servicio recogió 12 con atributos que las definen como publicidad medioambiental.

 

El propósito de la investigación fue analizar la información contenida en la publicidad comercial que apela a la sustentabilidad u otros adjetivos relacionados con el cuidado del medio ambiente, denominada “Publicidad Verde”, difundidas en medios de prensa escrita de circulación nacional y televisión abierta durante el mes de marzo del año 2016.

 

Tras el análisis, el Sernac detectó información susceptible de comprobar en siete de las piezas publicitadas, es decir, en un 58% de la muestra.

 

Ante este escenario, el Servicio ofició a las empresas para que comprueben una serie de frases utilizadas, tales como “47% más conveniente que el gas licuado de estanque (…) 12% más conveniente que la parafina” (…) 54% más conveniente que la electricidad”, utilizadas por una empresa de gas natural; o “dermatológicamente testeado” en el caso de una marca de shampoo, por mencionar sólo algunas.

 

En caso que las empresas no comprueben estas afirmaciones, el Sernac no descarta iniciar acciones legales ante la justicia.

 

Al respecto, el director Nacional del organismo, Ernesto Muñoz, explicó que el foco de este estudio fue verificar que las empresas que ofrecen productos amigables con el medioambiente cumplan con lo que prometen.

 

“Es importante dar cuenta de estas prácticas, en especial porque la preocupación medioambiental es una temática instalada a nivel mundial y muchos consumidores la consideran al momento de comprar”, agregó la autoridad.

 

Además, lMuñoz recordó que los consumidores tienen derecho a recibir información veraz y oportuna, sobre las características relevantes del producto o servicio.

 

La Ley de Protección al Consumidor determina que la información publicitaria deberá ser susceptible de comprobación y no contendrá expresiones que induzcan al error o engaño del usuario.

Fuente: Diario Pyme

http://www.diariopyme.com/sernac-oficio-a-empresas-solicitando-demostrar-que-tan-real-es-su/prontus_diariopyme/2016-07-19/133128.html?platform=hootsuite

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